
Entrevista
a Salim Lamrani sobre su nuevo libro Etat de siège. Les sanctions économiques
des Etats-Unis contre Cuba - Especial para
Gramscimanía
Cuba Si
France: Acaba de publicar un nuevo libro bajo el título Etat de siège. ¿De qué
trata exactamente?
Salim Lamrani: Como indica
el subtítulo, este libro trata de las sanciones económicas unilaterales que
Estados Unidos impone a Cuba desde 1960. Se establecieron en plena Guerra Fría
con el objetivo de derrocar al gobierno revolucionario de Fidel Castro cuyas
reformas económicas y sociales no eran del agrado de la administración
Eisenhower de la época. Más de medio siglo después, mientras que la Unión
Soviética desapareció y que la Guerra Fría no es más que un viejo recuerdo,
Washington persiste en mantener un estado de sitio económico que asfixia a
todas las categorías de la población cubana y que afecta en primer lugar a los
sectores más vulnerables a saber las mujeres, los ancianos y los niños.
Hay que saber que la retórica diplomática para
justificar la hostilidad estadounidense hacia Cuba fluctuó según las épocas. En
un primer tiempo, se trataba de las nacionalizaciones y de sus indemnizaciones.
Luego, Washington evocó la alianza con la Unión Soviética como el principal
obstáculo para la normalización de las relaciones entre los dos países.
Después, en los años 1970 y 1980, la intervención cubana en África, más
precisamente en Angola y en Namibia, para ayudar a los movimientos de
liberación nacional a conseguir su independencia y para luchar contra el apartheid
en África del Sur, se estigmatizó para explicar el mantenimiento de las
sanciones económicas. Por fin, desde el desmoronamiento de la Unión Soviética,
Washington esgrime el argumento de la democracia y de los derechos humanos para
mantener el estrangulamiento económico sobre la nación cubana.
CSF: ¿Cuál es justamente el impacto de estas
sanciones en la población cubana?
SL: Las sanciones económicas contra Cuba constituyen
el principal obstáculo al desarrollo del país y todos los sectores de la
sociedad se hallan afectados. Hay que saber que Estados Unidos siempre fue el
mercado natural de Cuba por razones históricas y geográficas evidentes. La
distancia que separa las dos naciones no supera los 150 kilómetros. En 1959, el
73% de las exportaciones cubanas se destinaban al mercado estadounidense y el
70% de las importaciones procedían de allí. Entonces existía una fuerte
dependencia respecto al Vecino del Norte. Entre 1960 y 1991, las relaciones con
la URSS permitieron atenuar el impacto de las sanciones pero ya no es el caso
ahora.
Concretamente, Cuba no puede vender nada a
Estados Unidos, que sigue siendo el primer mercado mundial, y no puede
comprarle nada, salvo algunas materias primas alimentarias desde el año 2000,
pero con condiciones drásticas tales como el pago de las mercancías por
adelanto, en otra moneda distinta del dólar –entonces Cuba tiene que asumir los
gastos de cambio– y sin posibilidad de contractar un préstamo. Eso limita
fuertemente las posibilidades comerciales de la isla, que tiene que abastecerse
en otros países con un costo muy superior.
CSF: Usted subraya también el carácter
extraterritorial de las sanciones económicas.
SL: En efecto, desde 1992 y la adopción de la
ley Torricelli, las sanciones se aplican también a terceros países que
comercian con Cuba, lo que constituye una grave violación del derecho
internacional que prohíbe a toda legislación nacional que sea extraterritorial
–es decir que se aplique allende su territorio nacional-. En efecto, la ley
francesa no puede aplicarse en España y la ley italiana no puede aplicarse en
Francia. No obstante, la ley estadounidense sobre las sanciones económicas se
aplica a todos los países que comercian con Cuba.
Así, todo barco extranjero que entre en un
puerto cubano no puede entrar a Estados Unidos durante seis meses. Cuba, al ser
una isla, depende mucho del transporte marítimo. La mayoría de las flotas de
transporte que operan en el estrecho de la Florida realizan lógicamente la
parte más importante de sus actividades con Estados Unidos por el tamaño de su
mercado. Entonces no pueden arriesgarse a transportar mercancías a Cuba y
cuando lo hacen exigen tarifas superiores a las que se aplican a los países
vecinos tales como Haití o República Dominicana, con el fin de compensar las
pérdidas que se derivan de la prohibición de entrar en un puerto
estadounidense. Así, si el precio habitual del transporte de mercancías es de
100 para República Dominicana, será de 600 o 700 cuando se trate de Cuba.
CSF: Usted menciona también el carácter
retroactivo de las sanciones económicas.
SL: Desde la adopción de la ley Helms-Burton en
1996, cualquier empresario que desee hacer una inversión en Cuba en tierras nacionalizadas
en 1959, se arriesga a demandas judiciales en Estados Unidos y a ver sus
haberes congelados. Esta ley es una aberración jurídica en la medida en que es
a la vez extraterritorial y retroactiva –es decir que se aplica para hechos
ocurridos antes de la adopción de la ley– lo que es contrario al derecho
internacional. Tomemos el caso de la ley antitabaco en Francia. La ley entró en
vigor el 1 de enero de 2008. Pero si uno fumó en un restaurante el 31 de
diciembre de 2007, no se le puede condenar por ello pues la ley no puede ser
retroactiva. Ahora bien, la ley Helms-Burton se aplica a hechos ocurridos en
los años 1960, lo que es ilegal.
CSF: Los Estados Unidos afirman que las
sanciones económicas son una simple cuestión bilateral y que no conciernen al
resto del mundo.
SL: Los ejemplos que acabo de dar demuestran lo
contrario. Voy a citar otro. Un constructor de automóviles alemán, coreano o
japonés –poco importa su nacionalidad en realidad– tiene que demostrar al
Departamento del Tesoro que sus productos no contienen un solo gramo de níquel
cubano para poder venderlos en el mercado estadounidense. Sucede lo mismo a
todas las empresas agroalimentarias que desean invertir en el mercado
estadounidense. Danone, por ejemplo, tendrá que demostrar que sus productos no
contienen ninguna materia prima cubana. Entonces, Cuba no puede vender sus
recursos y sus productos a Estados Unidos pero en estos casos precisos tampoco
podrá venderlos a Alemania, Corea o Japón. Estas medidas extraterritoriales
privan así a la economía cubana de numerosos capitales y a las exportaciones
cubanas de numerosos mercados por todo el mundo.
CSF: Las sanciones económicas también tienen un
impacto en el campo de la salud.
SL: En efecto, alrededor del 80% de las patentes
en el sector médico proceden de las multinacionales farmacéuticas
estadounidenses y de sus filiales, lo que las ubica en una situación de casi
monopolio. Cuba no puede acceder a esas medicinas por las restricciones que
impone el gobierno estadounidense. Ahora bien, hay que saber que el derecho
internacional humanitario prohíbe todo tipo de restricción a la libre
circulación de alimentos y de medicinas, incluso en tiempo de guerra. Y
oficialmente Estados Unidos no está en guerra contra Cuba.
Un ejemplo preciso: los niños cubanos no pueden
beneficiarse del dispositivo Amplatzer fabricado en Estados Unidos que permite
evitar una cirugía a corazón abierto. Decenas de niños están esperando esta
intervención. Sólo en el año 2010, cuatro niños integraron esta lista: María
Fernanda Vidal, de 5 años, Cyntia Soto Aponte, de 3 años, Mayuli Pérez Ulboa,
de 8 años y Lianet D. Álvarez, de 5 años.
¿Acaso estos niños son responsables del
diferendo que opone La Habana a Washington? ¡No! ¡Sin embargo pagan este
precio!
CSF: En su libro menciona también el carácter
irracional de algunas restricciones.
SL: En efecto, hay que saber que desde 2004 y la
aplicación estricta de las reglas de la Oficina de Control de Bienes
Extranjeros (OFAC), todo turista estadounidense que consumiera tabaco cubano o
un vaso de ron Habana Club durante una estancia en el extranjero se arriesgaría
a una multa de un millón de dólares y diez años de prisión. Otro ejemplo: un
cubano que reside en Francia teóricamente no puede comer una hamburguesa en Mc
Donald’s. Estas medidas son irracionales pues son inaplicables. Estados Unidos
no dispone de los recursos materiales y humanos para poner a un funcionario
detrás de cada turista. No obstante, ilustran la obsesión de Estados Unidos de
asfixiar económicamente a los cubanos.
CSF: Su obra contiene un prólogo de Wayne S.
Smith y un prefacio de Paul Estrade, que son conocidos de los especialistas,
pero quizás menos del gran público. ¿Podría recordarnos quiénes son?
SL: Wayne S. Smith es un antiguo diplomático
estadounidense que en la actualidad es profesor en la Universidad Johns Hopkins
de Washington. Fue el último diplomático en función en Cuba con el rango de
embajador entre 1979 y 1982. Se distinguió por su política de diálogo y de
acercamiento con La Habana bajo el gobierno de James Carter. Es un partidario
de una normalización de las relaciones entre Cuba y Estados Unidos y esboza en
el prólogo una constatación lúcida sobre el carácter anacrónico, cruel e
ineficaz de las sanciones económicas.
En cuanto a Paul Estrade, es profesor emérito en
la Universidad París VIII y se trata sin duda del mejor especialista de Cuba en
Francia. Sus obras sobre el tema son una referencia en el mundo académico. En
su prefacio, recuerda la manera en que los medios de comunicación ocultan el
estado de sitio contra Cuba cuando abordan las dificultades económicas de este
país.
Etat de siège. Les sanctions économiques des
Etats-Unis contre Cuba. Prólogo de Wayne S. Smith - Prefacio de Paul Estrade
París, Ediciones Estrella, 2011
Disponible en librerías y en http://www.amazon.fr/Siege-Sanctions-Economiques-Etats-Unis-Contre/dp/2953128425/ref=sr_1_1?ie=UTF8&qid=1317400645&sr=8-1
Para cualquier petición contáctese: lamranisalim@yahoo.fr
París, Ediciones Estrella, 2011
Disponible en librerías y en http://www.amazon.fr/Siege-Sanctions-Economiques-Etats-Unis-Contre/dp/2953128425/ref=sr_1_1?ie=UTF8&qid=1317400645&sr=8-1
Para cualquier petición contáctese: lamranisalim@yahoo.fr